hace 1 semana - JUDICIALES
Tiempo de lectura: 1 minuto, 56 segundos5 de Marzo, 2026-Le vaciaron la cuenta-El Juzgado Civil y Comercial N° 19 de Resistencia dictó una sentencia definitiva que sienta un precedente en la lucha contra el fraude digital en Argentina.
El caso tiene como protagonista a una trabajadora de Ecom Chaco que vio cómo el sueño de su vivienda propia se transformaba en una pesadilla cuando, mediante una maniobra de duplicación de su línea telefónica, le sustrajeron casi un millón de pesos de su cuenta del Banco Hipotecario. Lo inédito de este fallo radica en la determinación de las responsabilidades concurrentes, ya que la justicia no solo condenó a la entidad bancaria por no proteger los fondos, sino también a la empresa de telefonía por permitir que un tercero tomara el control de la línea de la víctima sin los controles de identidad adecuados.
La maniobra se ejecutó con una precisión quirúrgica el 27 de diciembre de 2021, mientras la víctima cumplía sus tareas laborales en Resistencia. Una sucursal de Telecom en San Nicolás de los Arroyos autorizó la reposición de su tarjeta SIM a un tercero desconocido, lo que permitió a los delincuentes recibir los códigos de validación enviados por el Banco Hipotecario para autorizar dos transferencias por un total de $985.600. La sentencia es demoledora respecto a la desidia empresarial, señalando que el banco no activó ninguna alerta ante movimientos inusuales y que la telefónica no pudo acreditar qué método de validación utilizó para entregarle el chip a un impostor a cientos de kilómetros de distancia.
En términos jurídicos, se aplicó el régimen de la Ley de Defensa del Consumidor para establecer la responsabilidad objetiva de las firmas. El fallo sostiene que las empresas son responsables por el riesgo creado y que el fraude digital no es un evento imprevisible, sino un riesgo inherente al negocio que debe ser mitigado por las prestadoras con tecnología superior, como la biometría, en lugar de trasladar el costo de la inseguridad al usuario.
Contra Telecom se aplicó además una multa civil de 20 millones de pesos en concepto de daño punitivo, la más elevada del caso, al considerar que su conducta trascendió el mero incumplimiento para configurar una grave desatención del deber de seguridad.
El fallo reconoce una indemnización que incluye los fondos sustraídos actualizados por la Unidad de Vivienda, casi 13 millones de pesos, decisión garantiza que la víctima no pierda el poder adquisitivo necesario para terminar su obra, enviando un mensaje urgente a las grandes compañías sobre la obligatoriedad constitucional del trato digno y la seguridad de los datos.
También se dispuso en la sentencia gastos de tramitación y tratamiento psicológico por dos millones de pesos y cuatro millones por daño moral.
Fuente: diarionorte.com
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