hace 10 años - POLITICA
Tiempo de lectura: 2 minutos, 5 segundosSantiago del Estero elegirá 4 diputados nacionales y 1 representante a Parlamentario del Mercosur (Distrito Regional). En la infografía, conoce qué se vota en cada distrito del territorio nacional.
Con grandes expectativas, el electorado argentino elegirá mañana los cargos de presidente y vicepresidente, 24 senadores nacionales, 130 diputados nacionales y 19 parlamentarios del Mercosur por el distrito nacional en todo el país.
Además, once provincias elegirán sus gobernadores para los próximos cuatro años: Buenos Aires, Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.
En este marco, la ciudadanía santiagueña deberá votar presidente y vicepresidente de la Nación, cuatro diputados nacionales, legisladores al Parlasur por Distrito Único (lista nacional que representa a los 24 distritos), y legislador al Parlasur por Distrito Regional (por la provincia).
A nivel nacional, hay seis fórmulas presidenciales Daniel Scioli - Carlos Zannini (FpV), Sergio Massa - Gustavo Sáenz (UNA), Mauricio Macri - Gabriela Michetti (Cambiemos), Nicolás Del Caño - Myriam Bregman (FIT), Margarita Stolbizer - Miguel Ángel Olaviaga (Progresistas), y Adolfo Rodríguez Saá - Negre de Alonso (Compromiso Federal), con sus respectivas listas de candidatos a legisladores.
Rechazan denuncia
La Cámara Nacional Electoral desestimó ayer un pedido de la fiscalía para que en el escrutinio definitivo se haga ?apertura de urnas y recuento de todos los votos de cada una de las mesas, en cada distrito?.
Los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Rodolfo Munné desestimaron un planteo del fiscal Di Lello, y establecieron las diferencias entre el escrutinio provisorio y el definitivo: el primero se efectúa en base a los telegramas en los que las autoridades de mesa copian los resultados de su mesa
El escrutinio definitivo único con validez jurídica y que realizan las Juntas Electorales, se encuentra taxativamente determinado por el Código Electoral Nacional.
En este proceso, ?se ajustará, en la consideración de cada mesa, al examen del acta? y, luego de realizadas las verificaciones correspondientes, ?se limitará a efectuar las operaciones aritméticas de los resultados consignados en el acta, salvo que mediare reclamación de algún partido político actuante en la elección?.
Los jueces recordaron que el Código Electoral Nacional contempla solamente tres situaciones específicas en las que la Junta declarará nula la elección realizada en una mesa, pese a no haber petición de un partido: cuando no hubiere acta de elección de la mesa o certificado de escrutinio firmado por las autoridades y por lo menos dos fiscales, cuando haya habido alteración en el acta; o cuando el número de sufragantes consignados difiriera en cinco sobres o más del número de sobres utilizados.
El Tribunal explicó que la ley prevé la posibilidad de no declarar la nulidad de la mesa, efectuando la apertura de urna y recuento de los votos, ?en casos de evidentes errores de hecho en la documentación de la mesa o en el supuesto de no existir ésta?, señalaron desde el Tribunal. l Publicado el 24/10/2015
Fuente y Foto: EL LIBERAL
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