hace 6 años - POLITICA
Tiempo de lectura: 2 minutos, 14 segundosEl inicio del trámite correspondiente será a través de las Unidades de Atención Integral (Udai) de la Anses, se determinó.
31/01/2020 - 00:46 Política
La Agencia Nacional de Discapacidad (AND) emitió ayer la Resolución 8/2020 por la cual anuló una resolución del año pasado del mismo organismo (durante el gobierno de Mauricio Macri) y con ello dio de baja la aplicación del Certificado Médico Obligatorio digital (CMO) como requisito indispensable para el otorgamiento de las pensiones por discapacidad o su renovación, tal como lo había adelantado EL LIBERAL.
Estos certificados debían ser emitidos en centros de salud públicos, pero había inconvenientes ante la falta de capacidad logística para emitir los mismos. Esto lo reconoció la AND en la resolución: “El déficit en el sistema sanitario, la diversidad geográfica y los problemas en la conexión a internet, se erigen como los principales obstáculos para poder lograr la tramitación del Certificado Médico Oficial (CMO) digital, a los fines de la obtención de la Pensión no Contributiva por Invalidez”.
Además, tuvo en cuenta la sentencia del Juzgado Federal Nº 1 de Santiago del Estero (a cargo de Guillermo Molinari, en los autos caratulados: “Defensor del Pueblo de la Provincia y Otros c/Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional y Otros s/Amparo Colectivo, Expte. Nº FTU 15130/2019”, donde hizo lugar a la medida cautelar que suspendía el plazo de vencimiento que estipuló la AND para la presentación de los CMO (fines de diciembre) y su prórroga por 180 días hábiles a partir de su notificación. La cautelar también exigía “la existencia de las condiciones mínimas requeridas para la emisión del CMO”.
Por lo tanto, las nuevas autoridades de la AND fijaron en el punto 4 de la resolución que “hasta tanto el Certificado Médico Oficial (CMO) digital no resulte accesible digitalmente en todas las provincias de la República Argentina, se garantizará el inicio del trámite correspondiente, a través de las Unidades de Atención Integral (Udai) de la Anses”. Incluso, “aun cuando, en esa instancia inicial, no se acompañe el respectivo CMO”.
Otro de los puntos importantes de la resolución es que ordena realizar, “a través de la Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Salud, un urgente relevamiento de los convenios de adhesión suscriptos con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del Programa Federal de Salud “Incluir Salud”, y cuyo vencimiento operó con fecha 31 de diciembre de 2019, a los efectos de prorrogar los mismos hasta el día 29 de febrero de 2020”.
En el mismo artículo, también determina “evaluar la suscripción de nuevos acuerdos que contemplen la necesidad de un circuito administrativo que permita el contralor” de la provincias y de la Caba sobre las prestaciones efectuadas, “así como el pago directo a los prestadores” en toda la República Argentina por parte del Programa Federal de Salud “Incluir Salud”. Dicho programa de salud brinda cobertura a todos los beneficiarios de las pensiones no contributivas (discapacitados, madre con 7 hijos y más, mayores de 70 años en situación de vulnerabilidad, veteranos de Malvinas).
Fuente y foto: EL LIBERAL
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