hace 7 años - POLICIALES
Tiempo de lectura: 2 minutos, 12 segundosEl fiscal federal Carlos Rívolo y el juez Claudio Bonadío dicen que la denuncia contra el Dr. Sebastián Argibay no tiene sustento alguno.
Un duro traspié constituyó para el exjuez penal Miguel Ángel Moreno el dictamen del Dr. Carlos A. Rívolo, fiscal federal Nº 2, en el que solicita desestimar la denuncia que impulsó en contra del Dr. Sebastián Argibay, al que endilgó el supuesto encubrimiento a organizaciones narcos, acusación que contó con apoyo de dirigentes “socios” de Cambiemos, como el diputado provincial Rodrigo Posse y la legisladora nacional Elisa Carrió, quienes impugnaron la decisión de elegir al magistrado santiagueño para el cargo de juez federal Nº 2 de esta provincia.
Dicha denuncia fue materializada por Moreno el 23 de noviembre de 2016, y en ella aludía la comisión de los delitos de comercialización y tráfico de estupefacientes o narcotráfico, y violencia institucional por el uso abusivo del poder coercitivo estatal en su perjuicio y de la justicia en general de la provincia de Santiago del Estero, “y cualquier otro delito de índole federal que surgiera de la investigación a realizar”, indicaba.
Tras un exhaustivo análisis de lo manifestado por el exmagistrado que fuera detenido y procesado en el marco de la causa “medidas cautelares”, y con sólidos argumentos, el fiscal Rívolo manifiesta que la denuncia se limita solo a enunciar de forma imprecisa y genérica una cantidad de presuntos delitos y a imputar a personas sin una mínima relación fáctica que los vincule con las figuras penales que livianamente sugiere.
“En ese sentido, el denunciante no ofrece indicios concretos relativos a las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los supuestos hechos cuya investigación solicita, que permitan hallar una verdadera notitia criminis correctamente delimitada y cuya entidad ilícita fuera posible aventurar siquiera prima facie. Es más, las medidas previas realizadas han permitido descartarla”, remarca.
El recurrente acude a suposiciones para fundamentar la denuncia
La resolución desestimativa advierte que “las circunstancias aludidas en la referida denuncia no resultan ser suficientes para tener por acreditado la posible comisión de conducta penal alguna, máxime teniendo en cuenta que el recurrente acude a suposiciones para fundamentarla, sin que se aprecie elemento que sustente su posición y que dé lugar a la continuación del proceso”. Y añade que “los hechos aludidos en la denuncia que diera origen a este legajo no resultan suficientes para tener por acreditado la posible comisión de conducta penal alguna, sobre todo teniendo en cuenta que resulta a todas luces una conjetura propia o en definitiva algo de imposible comprobación”.
El fiscal Rívolo se apoya además en lo manifestado por un Tribunal de Alzada que analizó la denuncia y que concluye que “los acontecimientos narrados no revelan un suceso delictivo que permita apartarse del criterio adoptado en autos. En efecto, coincido con el representante del Ministerio Público Fiscal y con el magistrado de grado en que en lo que se refiere a los sucesos analizados en este acápite, nos encontramos ante razonamientos deductivos que efectúa el denunciante para sostener su relato, más los mismos no se encuentran apoyados en ninguna circunstancia fáctica”, remarca.
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